A partir del primero de febrero, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) decretó el Acuerdo de Integración Comercial entre México y Perú, el cual busca establecer, entre otros aspectos, reglas claras y de beneficio mutuo que propicien las condiciones necesarias para el crecimiento y la diversificación del comercio en ambos países.
Aprobado por el Senado el 15 de diciembre de 2011, este acuerdo pretende ofrecer a los agentes económicos un marco jurídico y comercial previsible para el desarrollo de sus actividades y evitar las distorsiones en el comercio recíproco.
El acuerdo establece diferentes rubros como son: el comercio de bienes, en el que se definen aranceles, reglas de origen, procedimientos aduaneros, reconocimiento mutuo de denominaciones de origen, salvaguardas, medidas sanitarias y fitosanitarias, obstáculos al comercio y prácticas desleales, entre otros.
Con este tratado comercial, México otorgará un cupo agregado anual libre de arancel de 200,000 productos y para el monto que exceda dicho cupo prevalecerá el arancel correspondiente al Programa de Eliminación Arancelaria.
En este sentido México incluyó productos como cebollas, espárragos, ajos, papas, aceitunas, frijol, entre otros, para los cuales sus aranceles se eliminarán en cortes iguales a partir de la tasa base y desde la fecha en que este acuerdo entre en vigor, así como medicamentos, productos curtientes orgánicos sintéticos, colorantes, películas, herbicidas, blanqueadores, resinas, fibras, calzado, entre otros.